Se puede escriturar un piso 2 veces el mismo día?

Mi mujer y yo estamos comprando un piso de nueva construcción que nos entregan el año que viene. El caso es que queremos venderlo pero la promotora nos obliga a escriturar a nosotros antes de venderlo.

La pregunta es si es posible escriturar nosotros y ese mismo día que escriture el nuevo comprador.

Hay varias posibilidades que se pueden dar, siempre pensando que el nuevo comprador tenga que pedir hipoteca:

1- Que nosotros pidamos una hipoteca yvel comprador tenga que pedir hipoteca en otra entidad.

2- Que nosotros pidamos hipoteca y el comprador se subrogara a esa misma hipoteca.

3- Que nosotros no necesitáramos pedir hipoteca pero el comprador si la pidiera.

Las dudas son en estos casos si habría posibilidad de hacer nuestra escritura y en el mismo notario ese mismo día que escriturara el nuevo comprador. No sabemos si hay obligaciones de registro del piso o de la hipoteca que no nos permita hacerlo.

Y en ese caso ¿qué trámites tenemos que hacer y cuánto tiempo aproximado se tarda en hacerlos antes de poder venderlo nosotros?

La idea es firmar un contrato de arras con el nuevo comprador para hacer efectiva la compra en cuanto escrituremos nosotros pero queremos saber qué plazos podemos manejar para no equivocarnos.

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Pueden hacerlo todo el mismo día, sin levantarse de la mesa del notario, con el banco presente también. Del dinero de la compraventa ya descontará la gestoría del banco lo necesario para los gastos de su compraventa (de la de ustedes) y les darán la liquidación cuando se hayan practicado las dos inscripciones consecutivas. Ni hace falta que pidan hipoteca ni hace falta que hagan ninguna otra cosa. Esto que van a hacer (dos transmisiones encadenadas) es algo frecuente que no presenta mayor problema. Pongan en el contrato privado que se retendrá tal cantidad del precio para los gastos de inscripción y el pago de impuestos de transmisiones patrimoniales y plusvalía correspondientes.

Muchas gracias por la respuesta.

No obstante me quedan dudas aún sobre la operativa. Entonces nosotros podemos firmar un contrato de arras con el nuevo comprador. Luego llegado el día de la firma de nosotros con la promotora en el notario ¿tendría que ir también el nuevo comprador? Y nuestro pago a la promotora ¿lo hacemos directamente con el dinero del nuevo comprador? Esto es lo que no me queda claro ya que no sé cómo se haría eso y cómo afecta eso la obligación que tenemos nosotros de comprar a la promotora. 

Siento el desconocimiento pero antes de vender queremos asegurarnos de cómo hacerlo para no lamentarnos después.

Muchas gracias.

Un saludo

Yo les sugeriría que contratasen a un abogado para montar bien la operación. Aquí hay una promotora que va a escriturar, un vendedor que quiere vender y un comprador que quiere comprar. No hay más que coordinar estas tres intenciones y ejecutarlas documentalmente, por lo que las posibilidades son muchas, incluida la de hacerlo todo simultáneamente y pedir al comprador un cheque a nombre de la promotora. En lo que respecta al contrato de arras, tienen que integrar en el mismo la cláusula de que la transacción dependerá de que cumpla la promotora, porque si ésta tiene un retraso se lo pueden hacer pagar a ustedes.

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