En el encabezamiento de su pregunta dice " mi tio dice que es el heredero universal"
Pues que diga lo que quiera. Yo también puedo decir que soy el dueño del museo del París y no quiere decir que lo sea.
Cuando hay un euro por enmedio... casi nunca se quiere repartir.
Ustedes, a lo suyo.
No especifican cual puede ser la herencia de su abuela, si es dinero, pisos, fincas... o de todo un poco.
Según de lo que se componga la herencia, hay que hacer gestiones distintas.
De todas formas, y en respuesta a sus preguntas...:
1º- la herencia que pudiera corresponder a su madre, pasa a ustedes. A sus hijas.
2º- Hay que ver el testamento.
Le explico la norma:
En toda herencia, hay tres partes.
Un tercio es la legítima extricta. Y es a repartir a partes iguales entre todos los hijos.
Si alguno ha fallecido (Lamento la pérdida de su madre), la parte que le correspondiera pasa a sus descendientes. A ustedes.
El segundo tercio que también es de legítima, O sea, obligatoriamente para los hijos, pero se llama "Tercio de mejora". Es decir, que se puede utilizar para mejorar la parte de un hijo ... o dos... en perjuicio de los demás. Pero siempre es para hijos.
El tercer tercio es el llamado "de libre disposición". Es decir, que se puede dejar a quien se quiera: A un hijo... a dos... a un amigo, a un vecino... a quien se quiera.
Esto casa con lo que su tio dice de ser heredero universal.
Cuando en el testamento se nombra a un hijo heredero universal, se queda ese tercer tercio.
Los otros dos tercios ya se los he explicado, pero respecto al de mejora, habrá que ver el testamento.
Respecto a lo de si es posible que les hayan dejado a ustedes un porcentaje de libre disposición... pues si. Claro. Ya le he explicado en lo que consiste el tercio de libre disposicón.
Pero volvemos a lo mismo repetido : Hay que ver el testamento.
Pero si que es posible que les corresponda solo el tercio de legítima estricta, a repartir con su tío. Como he explicado.
Respecto a su tercera pregunta... dudo mucho ilegalidades. El testamento se hace ante notario y estos velan mucho por la legalidad.
Mínimo, les habrán de haber asignado la parte que estipula la Ley.
3º- Su madre aparecerá en el testamento si se hizo estando ella viva. Si ya había fallecido, es posible que haya sido sustituida por ustedes.
Por tanto, contestando a su tercera pregunta... hay que ver el testamento. Lo mejor y más justo sería que su tio les diera copia del testamento, pero ante la duda... (Su abuela puede haber hecho varios testamento en su vida y vete tu a saber cual les va a dar...) lo mejor es que hagan ustedes las gestiones oportunas:
1º- Certificado original de defunción de su abuela. Se lo pueden dar en el Registro Civil, o en la funeraria que hizo el sepelio.
Es gratis.
2º. Con ese certificado se va a la secretaría del Ministerio de Justicia y solicita el Certificado de últimas voluntades. Solo se paga una pequeña tasa de unos 8-9€.
En ese certificado le dicen el testamento válido, Y el notario en el que lo hizo.
3º- con esos dos certificados, se va al notario indicado y le pide una copia del testamento.
Por supuesto, el notario solo se lo da a los herederos. A los mencionados en el testamento.
Si como usted dice está usted y su hermana nombradas... no habrá problema.
Por otro lado, haré mención a algo que ustedes ni tienen en cuenta:
Normalmente los matrimonios en España, (y más teniendo en cuenta la edad de su abuela), se hacían en "Gananciales".
Con esto les quiero decir que en caso de haber un piso, una finca... cualquier bien, la mitad era de su abuelo y la mitad de su abuela.
Por tanto, les aconsejo hacer las mismas gestiones mencionadas con respecto a su abuelo. Les hará falta.
Y en caso de inmuebles, se van a encontrar con dos herencias: La de su ABUELO Y LA DE SU ABUELA. Dos herencias diferentes.
Es decir: Si estaban casados en gananciales, su abuela era propietaria del 50% y por tanto en su testamento, solo puede repartir su 50%.
El otro 50% es de su abuelo y habrá que ver si dejó testamento y como dispuso el reparto de su herencia.
Si no dejó testamento, su 50% se repartirá, un 25% para su tio y otro 25% para usted y sus hermanas (que no se cuantas son), a partes iguales.
Un saludo y le ruego finlice la pregunta.
P.D. Si le quedan dudas (que seguro que le quedan, porque esto es muy complicado), no tienen más que planteármelas.
Hola buenas tarde .Le comento mi abuelo falleció ace muchos años y no dejo testamento .En esa casa vivían mi mama que la menor y mi tío .Lo cual mi mama falleció y mi tío nos echo de la casa de mi mama que ella edifico en el fondo... Ahs pregunto yo puedo reclamarle a mi tío que no me puede echar - Analia Alarcon