Soy funcionaria y quiero dar clases en mi tiempo libre

Soy funcionaria de la Junta de Andalucía. Quiero dar fuera de mi horario laboral clases en una academia de danza. Tengo compatibilidad reconocida, ya que hace tres años ya estuve dada de alta en un gimnasio. La diferencia es que en el gimnasio estaba 10h/semana y en esta academia sera una o dos horas a la semana. Oyros compañeros en temas docentes y seminarios formalizan contratos mercantiles. Dado que son pocas horas queria que me aconsejaran con respecto al contrato mercantil.

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Si lo realiza por medio de un contrato mercantil, usted tendría que emitir factura para cobrar sus servicios, con esto quiero decir que tendría que esta de alta en el régimen de autónomos, si no lo hace, estaría realizando su trabajo de forma irregular. Por lo que si es solo por una horas semanales lo más recomendable es que le den de alta en régimen general (trabajador), ya que le ahorraría coste y tramitación.

Siendo incluso un trabajo puntual? Es un curso de formación de un par de octubre a junio.

Y por cuenta ajena, seria por obra y servicios?

Toda retribución que se perciba por la realización de un trabajo de forma habitual (9 meses se considera que hay habitualidad) debe estar encuadrada en un régimen, o bien general (trabajador) o autónomo.

Ahora bien, hay autónomos que se respaldan en no llegar al salario mínimo para no darse de alta como autónomo en seguridad social, solo ante hacienda. Algo arriesgado ya que desde seguridad social no respaldan esta forma.

Por cuanta ajena le podría hacer un contrato temporal de duración determinada al tiempo de trabajo.

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