¿Me pertenecen las deudas con la comunidad al comprar un piso con una clausula en las escrituras?

Acabo de comprar un piso y en el momento de escriturar los vendedores dijeron que no tenían el certificado de deuda pendiente con la comunidad. La inmobiliaria propuso poner una clausula en las escrituras en las que pone que "declaran que no hay deudas, pero que si las hubiera ellos se harían cargo".

Hemos descubierto que tienen deudas. ¿Tengo la obligación de pagar esas deudas a la comunidad?

3 Respuestas

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La respuesta es que sí. Siempre. Usted ahora responde de la deuda frente a la Comunidad, siempre que sea del año en que compró y los 3 anteriores. Más allá, no.

Dicho eso, otra cosa es que usted pueda reclamar a su vez al anterior propietario.

Si hubieran incluido la mencionada cláusula, no habría duda. Sin ella, me temo que va a ser más complicado. Debería constar en algún lugar que la propiedad se vendió libre de cargas. Y no parece ser el caso. Revise la escritura.

Disculpe... pero releyendo su pregunta, me queda la duda de si la cláusula existe o no.

En el título (no me había fijado hasta ahora) dice "con cláusula en las escrituras". Pero yo, al leer "la inmobiliaria propuso", interpreté que se quedó en una mera propuesta, pero que no prosperó.

Si la cláusula existe, lo tiene usted fácil (relativamente), porque puede usted reclamarlas al anterior propietario. Es decir, usted responde ante la Comunidad, pero puede exigir al anterior propietario que las asuma, puesto que se comprometió a ello.

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Habla con la inmobiliaria para que las paguen ellos. Si no, me temo que las pagaras tu tal y como dice Poliplos y luego te tocará reclamárselas vía judicial a la inmobiliaria.

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Y porque tienen que pagarla la inmobiliaria, ¿si a ella ni le va ni le viene? Que raro lo que dice Jota Ig Ro

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