Exención irpf tras indemnización y recontratacion

Me gustaría saber si te afecta el siguiente caso:
* te despide la empresa 1 y te paga indemnización exenta de IRPF.
* no vuelves a firmar contrato con la empresa 1 nunca más y ninguna de su grupo pero durante los 3 años hace colaboraciones / consultoría de servicios para la empresa 1. Trabas en otra empresa 2 que no esta relacionada pero que en algunas situación colabora con servicios.
Entiendo que colaborar no afecta a la indemnización ya que nunca ha vuelto a ser contratado por la empresa 1. Solo en caso de contratación por empresa 1 o alguna de su grupo pierdes la exención.

1 respuesta

Respuesta

Es tu empresa la que colabora o trabaja para la empresa 1 tu trabajas para la empresa 2 no tiene nada que ver

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas