Interesa saber los bienes susceptibles de embargo.

Por fin una buena noticia, no todo van a ser desgracias...

Reclamación por daños y perjuicios por uso (mi ex) exclusivo de la vivienda y no dejar compartir al otro cotitular. Propiedad 700€ (alquiler según perito) mes, 350€ mensuales por mi 50%

Después de 15 meses me llego sentencia a mi favor y sin posibilidad de recurso (art. 455 LEC). Se inicio el procedimiento por 1.980€ + meses siguiente hasta la sentencia, y posteriores a la sentencia hasta que se haga efectiva. Osea, que ha día de hoy sigue sumando mes a mes.

La pregunta, ¿es necesario abogado y procurador para solicitar los bienes (de mi ex, vehículos, etc) susceptibles de embargo al juzgado?

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Respuesta
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Sí, claro. Debes poner el asunto en manos de un abogado.

¡Gracias!

Hola, alguien me puede explicar la hora de ruta del procedimiento. 

Se presenta el escrito solicitando los bienes susceptibles de embargo, ¿y.....? 

¿No te dije ya lo que tienes que hacer? ¿Cómo puedo yo saber lo que va a aconsejar tu abogado?

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