Interesa saber los bienes susceptibles de embargo.
Por fin una buena noticia, no todo van a ser desgracias...
Reclamación por daños y perjuicios por uso (mi ex) exclusivo de la vivienda y no dejar compartir al otro cotitular. Propiedad 700€ (alquiler según perito) mes, 350€ mensuales por mi 50%
Después de 15 meses me llego sentencia a mi favor y sin posibilidad de recurso (art. 455 LEC). Se inicio el procedimiento por 1.980€ + meses siguiente hasta la sentencia, y posteriores a la sentencia hasta que se haga efectiva. Osea, que ha día de hoy sigue sumando mes a mes.
La pregunta, ¿es necesario abogado y procurador para solicitar los bienes (de mi ex, vehículos, etc) susceptibles de embargo al juzgado?
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Respuesta de Prof. Francisco Poveda
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