Venta un usufructo indiviso habiendo 2 usufructuarios y 2 nudos propietarios con derechos del 50% en ambos casos.

Se trata de saber que facultades tiene uno de los dos usufructuarios para la venta de su 50% de usufructo y, en caso de que pueda, que requisitos debe cumplir para poder vender su parte de usufructo.

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Eso aparece en el llamado título constitutivo del usufructo, es decir, la escritura en la que se otorgó. Si nada se dice de esto, o el usufructo es viudal, hay que acudir a la ley, que permite que se venda y hasta se regale el usufructo a cualquier persona, con el solo limite de lo que dure la vida del transmitente si se trata de un usufructo vitalicio. No hay más requisitos.

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Cada uno de esas cuatro personas puede disponer de su cuota, sea de usufructo o de nuda propiedad, en todo caso tendrá que respetar el derecho de adquisición preferente de los otros condueños.

Muy agradecido Pedro. Tu respuesta me ratifica y complementa la de Juan Carlos.

Aprovecho también para desearte Feliz Navidad.

Yo también te deseo Feliz Navidad

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