Tengo que pagar mi parte del impuesto de sucesiones de una herencia si mis 2 hermanos ya lo pagaron sin aceptación de herencia?
Hay seis meses desde la fecha de defunción para pagar el impuesto de sucesiones esté o no dividida la herencia entre los herederos. No obstante se puede solicitar una prórroga por seis meses mas hasta un mes antes del primer periodo. Si no la consecuencia del pago fuera de plazo es la de un recargo del 25% y pago de intereses. Hasta aquí puedo entender lo que me explicó un amigo abogado, pero mi duda viene al caso de que ninguno de mis dos hermanos ha aceptado la herencia con lo cual nada de lo. Que está en el banco puede desbloquearse ni liquidarse si no hay una aceptación de herencia.
Según el notario los gastos de demora de la liquidación de aceptación se basan en la Fórmula en la que el testamento está redactado, bien habría que pagar según si se acepta por lo prelegado(usufructo vitalicio para uno de los hermanos, el menor y repartición a tres partes iguales) o bien si se redacta uno nuevo, en el que uno de los tres hermanos liquide el condominio y compre las dos partes restantes.
Mi duda al respecto es si tengo que pagar ese impuesto o.debo esperar ya que yo no he visto ningún documento al respecto que demuestre que mis hermanos pagaron dicho impuesto dentro de los seis meses después del fallecimiento de mi madre.