¿Si alquilo un piso y muere la vida usufructuaria podría seguir en la vivienda?

Deseo alquilar una vivienda que la usufructuaria tiene 90 años

Y me preguntó que si fallece mientras estoy alquilado si el resto de herederos me podrían echar de la vivienda o podría permanecer en ella los 3 años o lo que la ley marca.

3 respuestas

Respuesta
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Los herederos van a tener que respetar el contrato de inquilinato que tengas firmado.

 ¿Que seguridad puedo tener?

Consulta con un abogado. No te va a cobrar más de 200 euros.

¡Gracias! 

Leí respuesta que te dio Pedro abogado. El sabe más que yo. Atiéndete a lo que el te ha dicho. Dicen que "rectificar es de sabios".

Respuesta
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La extinción del usufructo por fallecimiento de la usufructuaria, extingue así mismo el contrato de arrendamiento, art 13.2 de la LAU http://normativainmobiliaria.wikidot.com/lau-resolucion-del-derecho-del-arrendador

¡Gracias! 

Aunque el la extinción del usufructo podría resolver el arrendador, ¿no sé subrogarían obligatoriamente los propietarios al arrendatario?

El fallecimiento del usufructuario no es que pueda extinguir el contrato es que lo extingue por ese mismo hecho, en todo caso los ahora "plenos propietarios", podrán concertar un nuevo contrato.

Respuesta

El usufructuario puede usar y obtener los frutos, es decir los alquiileres, miebntras vive, si muere, se extingue el usufructo. Ya que no puede obtener esos frutos

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