Convocatoria de herederos. ¿Existe por parte de la notaria la obligación de hacer una convocatoria a los herederos?

¿Cómo me entero si alguno de mis parientes también con derecho como heredero inicia los trámites de la herencia?. Porque hay una vivienda que estaba en usufructo de mi tía y esta ha fallecido. Y no me llevo bien con la otra persona que hereda, que además es abogado.

Se pueden iniciar los trámites también por mi parte. Exención usufructo etc...

¿Cómo me apersono en la causa?

2 respuestas

Respuesta

Los notarios no convocan para abrir testamentos, pues esto no se hace así en España... Ni hay una causa como tal, eso solo seria si hay un procedimiento judicial.

Lo normal es que se ponga en contacto con el resto de herederos, si es que usted es heredero... O que un abogado lo haga en su nombre.

Como es para una extinción del usufructo, tendrán que hablar los propietarios de la nuda propiedad para realizar la extinción en notario.

Gracias, pero me queda la duda de si el otro heredero inicia los tramites, que me consta porque es abogado, yo en que papel me sitúo: espero que me llame porque en algún momento necesitaran de mi acuerdo o comparecencia, inicio por partida doble los mismos tramites?

no se que hacer

gracias

Maria

Como ya le hemos indicado, debería ponerse en manos de un abogado que le estudie su caso concreto.

Si otro heredero ya iniciado los tramites, lo lógico es ponerse en contacto con él, pero también puede esperar que se al contrario, si es que usted también es heredero.

Para el tema de la propiedad, es posible que el "abogado" también sea propietario, por lo tanto, al final tendrán que ponerse en contacto para consolidar el dominio, aunque dependerá de algunas circunstancias que el consolide por su parte en la escritura de adjudicación de herencia y usted tenga que hacer la consolidación de su parte por su cuenta... Este es un caso complejo que debe estudiarse a la vista de documentación.

Respuesta

El usufruto se extingue con el fallecimiento del usufructuario, por lo tanto puede vd pedir el certificado de defunción de esa persona para instar esa extinción de usufructo, si era vd el nudo propietario, y consolidad la propiedad plena.

Lo de los notarios convocando a todos los herederos para la lectura del testamento es en las películas americanas y alguna española cuyo guionista ignora el derecho sucesorio, vd obtendrá copia del testamento de esa persona en la notaría si es beneficiario del mismo.

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