Se puede prohibir el utilizar la vivienda particular como aula de clase

En uno de los pisos de la comunidad uno de los propietarios da clases a niños desde las 3 de la tarde hasta las 8, con el consiguiente malestar para los demás vecinos, se puede prohibir esta actuación,?

3 respuestas

Respuesta
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Cuando habla del malestar que provoca al resto de vecinos, ¿a qué se refiere? ¿Hay problemas de ruidos excesivos? ¿Alguna otra molestia?

Utilización excesiva del ascensor, con la consiguiente inutilización para los demás vecinos, los cuales siempre lo encuentran lleno y se tienen que esperar o bajar a pie, ya que es una sexta planta, ruidos hacia la vivienda de abajo,

Entiendo.

Si la actividad que se desarrolla en el piso genera ruidos objetivamente excesivos (que superen los límites permitidos por la normativa municipal), podrían avisar a la policía local.

En cuanto al uso del ascensor, quizá sí puedan limitarlo aprobando un reglamento interno de la Comunidad. Pero, como siempre, lo complicado es lograr que los reglamentos se respeten.

Ahora bien, prohibir que en un piso se desarrollen ciertas actividades, es algo bastante más difícil, salvo que esté prohibido por los Estatutos de la Comunidad, por supuesto (pero éstos se aprueban por unanimidad). En principio, salvo que la actividad sea ilícita, molesta, insalubre, etc. los vecinos pueden hacer en sus elementos privativos lo que consideren oportuno.

Lo que se hizo en Cataluña, para estos casos, fue permitir que la Comunidad pueda cobrar un extra a los propietarios que desarrollan actividades económicas en las viviendas, cuando como consecuencia conlleva un uso intensivo de elementos comunes, como en su caso. Este extra se limita, como máximo, al doble de la cuota ordinaria. De este modo, contribuyen a "suavizar" el sobrecoste que esa actividad provoca en la Comunidad.

Respuesta

Si los vecinos quieren, se puede tratar en junta (incluso convocar una específica para esto) y adoptar un acuerdo de prohibición de esas actividades; no porque sean ilícitas ni tengan licencia, cosa que habría que ver, sino porque suponen el uso de unas zonas comunes destinadas al tránsito y uso de los vecinos en sus domicilios particulares.

¡Gracias! Lo trataremos en la reunión anual de este mes, veremos que dicen los demás vecinos, pues no están por la labor de poner demandas

Respuesta

Para responder a tu pregunta inicial: No. Nadie puede limitar el uso de tu vivienda porque solo las autoridades competentes pueden hacerlo si desarrollas actividades indebidas o contra la moral y las sanas costumbres. Sobre el uso excesivo de elementos comunes la comunidad sí es autoridad para limitar ese asunto o cobrar un importe para amortizar el deterioro natural de las cosas por su continuo uso. Así las cosas, en junta deberán decidir sobre todo este asunto.

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