Establecer cuotas por igual en junta de propietarios.

Mi pregunta es muy simple.

En una comunidad, donde cada vivienda y local, tiene un coeficiente diferente.

¿La junta por mayoría simple, puede acordar una mensualidad por igual y disponer de ese dinero para cubrir gastos generales también por igual?

No sé si se me entiende, un caso concreto es que, ante el gasto que supone por ejemplo el seguro comunitario, sea repartido por coeficiente a los locales, y a los vecinos a partes iguales, porque según el administrador, así se acordó en junta por mayoría simple. Naturalmente y según su interpretación en caso de recoger la compensación (seguro, subvenciones) si se repartiría según coeficientes.

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Primero echen a ese seudoadministrador dado que desconoce la LPH y su art. 17,6

. Los acuerdos no regulados expresamente en este artículo, que impliquen la aprobación o modificación de las reglas contenidas en el título constitutivo de la propiedad horizontal o en los estatutos de la comunidad, requerirán para su validez la unanimidad del total de los propietarios que, a su vez, representen el total de las cuotas de participación.

Y el art. 9.1.e.

Contribuir, con arreglo a la cuota de participación fijada en el título o a lo especialmente establecido, a los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de

Individualización.

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Sí. Si pueden establecer una cuota idéntica para todos y aprobarlo por unanimidad. Eso sí se exponen a que cualquier vecino cambie de opinión por cualquier circunstancia y les eche por el suelo esa decisión. Esta opción no es nada saludable para la comunidad.

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