Reparto por Coeficientes

Tenemos una duda con el Reparto de Coeficientes. Siempre hemos pagado a partes iguales 20 vecinos (cada uno con un coeficientes distinto en el registro de la propiedad) y no deja constancia en ningún estatuto, pero si en alguna acta. Ahora una vecina con un coeficiente muy bajo solicita el pago por coeficiente.

¿Podemos negarnos?

¿Qué puede pasar si nos negamos?

¿Se pueden negar a pagar los pisos con mayor coeficiente?

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La Ley de Propiedad Horizontal, en su artículo 9 dice:

"Contribuir, con arreglo a la cuota de participación fijada en el título o a lo especialmente establecido, a los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización"

La participación de los propietarios es siempre en función de la cuota de participación según los datos que constan en el Registro de la Propiedad. Con independencia de la costumbre que la Comunidad de Propietarios haya mantenido hasta la fecha, la aplicación de los coeficientes es obligada.

Se puede negar, pero cualquier denuncia en el Juzgado obligará a la Comunidad a aplicar el coeficiente.

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