Quiero vender un inmueble, y hay muchas facturas del ayuntamiento atrasadas por pagar.

Me dispongo a realizar la venta de un inmueble, y resulta que hay facturas de tasa de agua, basuras, alcantarillado y saneamiento, emitidas por el ayuntamiento, pendientes de pagar de hace ocho años para atrás. Las facturas están a nombre de otra persona, ni a mi nombre como propietario ni a nombre del antiguo propietario. Ahora el comprador quiere poner esto a su nombre y el ayuntamiento dice que hay que pagar las facturas. Nunca me han intentado cobrar estas facturas, ni notificado, ¿cuántos años tendría que pagar si prescribe este tipo de deuda? ¿Qué puedo hacer si el ayuntamiento me dique que se paga todo o no se pone a nombre de otra persona?

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Existen ciertos impuestos como el IBI, en los que el inmueble responde de su pago. Ahora bien, los impuestos prescriben a los cuatro años a partir de la fecha de pago voluntario. Si el Ayuntamiento es un incompetente y no es capaz de saber a quién le tiene que exigir el pago, no puede reclamar los ejercicios prescritos. Si usted es el propietario actual puede pagar los que le correspondan ahora que no esten prescritos. Si el ayuntamiento le pide los que no corresponden para dar de alta servicios, alegue la prescripción. Si no le hacen caso deberá de contratar los servicios de un abogado.

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