"Precio" de vivienda heredada para el calculo de la ganancia o perdida patrimonial en su venta.

En 2009 heredé un piso y este año 2019 quiero venderla.

Para el calculo de la ganancia o perdida patrimonial, ¿qué importe tengo que poner en el valor del piso? ¿En la declaración de herederos que se hizo en su día ha de constar? ¿En caso de que no conste hacienda establece el precio?

1 respuesta

Respuesta
1

Lo primero recomendarle se ponga en manos de un experto que le ayude con su caso concreto.

En la adjudicación de herencia ha de figurar el importe que asigno a ese inmueble y por lo tanto, este es el "precio de compra" para usted, más la parte proporcional correspondiente a ese bien de los gastos de la herencia.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas