¿Como se puede eliminar una servidumbre que no se utiliza?

Tenemos una servidumbre de 38 chalet, que es una antena comunitaria(que nadie utiliza por estar mal instalada) desde hace 9 años(año 2010). Cada vecino tiene instalada una antena propia. Nunca se llego a formalizar la mancomunidad que nos comprometimos en escritura publica ante notario. Tanto la antena como el armario de telecomunicaciones no tienen mantenimiento realizado, pues nadie se hace cargo, tampoco recibe suministro eléctrico por no pagar al no haber mancomunidad. ¿Cómo podemos disolver la servidumbre ya que es un peligro tanto para la vivienda donde se encuentra instalada como para la calle peatonal a donde da acceso?. Decir que la antena tienen un altura aprox. De 12 metros.

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El art. 546 del C.Civil establece los motivos por los qué se puede extinguir una servidumbre e independientemente de pasar 20 años..., hay dos puntos concretos y de los cuales el principal es el dejar de darle el uso para la cual se constituyó. Entiendo que si solo lo acordaron y sin llegar anotar nada en el registro el propietario del predío sirviente no puso pegas y aceptó cediendo el paso, con una reunión bastará para cerrarla, en cambio si alguien se opone cuando realmente no tiene uso, a tenor de este art. del C.Civil puede consultar en notaría (por aquello de información rápida), o letrado por ser cuestión de oposición y quizás necesidad de proceder vía judicial/civil. Este seguro previamente de que ninguno de los necesitados de la servidumbre no la necesita o usa previamente. El solo hecho de que uno lo necesitase invalidaría la anulación. Por otro lado contacten si están todos en acuerdo de que la empresa instaladora retire la antena o si desde el primer día es particular, que cualquier técnico la desmonte.

Disculpe en mi rápida respuesta. Entendí una servidumbre de paso hasta llegar a la antena teniéndose que pasar por algunas propiedades para acceder a esta .

Buenos días, Francisco.

Le comunico que tanto el armario como la antena están anexos a mi propiedad y no hay ningún acceso salvo por la vía publica. La antena pertenece a la mancomunidad y el desmonte¿quien lo tendría que pagar?.

Gracias por su tiempo.

A tenor del C Civil, cuando se realiza una servidumbre a favor de una finca y a la vez y para ello bien por acuerdo mutuo o bien forzado por sentencia, el propietario de la finca beneficiada es quién corre con los gastos. En este caso se ha beneficiado la mancomunidad de esa servidumbre que ocupaba parte de su finca y en concepto de reparación una vez se disuelva, la misma sería la responsable de retirar lo que instaló.

Obviamente siendo ud un miembro de la misma y en teoría pudiendo beneficiarse (aunque después no funcionara para nada o nadie), ud participaría en la parte que como comunero le tocase).

Un saludo.

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