Hacienda me reclama dinero por deducción de vivienda habitual

Me llegó un requerimiento de hacienda por el que me reclama la devolución de la deducción de la vivienda correspondiente al ejercicio de 2017. Alega que ni en 2012 ni en años anteriores no me deduje la vivienda. La casa la adquirí en 2005 y por mi condición de Guardia Civil siempre he estado destinado en Barcelona. La casa la tengo en Sevilla. En el año 2016 he regresado a Sevilla y actualmente la estoy habitando. Durante algunos periodos la he tenido alquilada. Concretamente en en 2012 la tuve alquilada que es la declaración que ellos han comprobado. El alquiler lo declaré. Desde la adquisición de la casa algunos años anteriores a 2013 si me la he deducido. Realmente no sé si tienen razón. Por internet solo he podido comprobar la declaración del año 2012... Años anteriores no consta.

1 respuesta

Respuesta

Tu casa no perdió la condición de vivienda habitual, cuando disfrutabas por razón de tu trabajo, de otra vivienda (casa cuartel en Barcelona), ahora bien, si ya has vuelto por cambio de destino a Sevilla, debías de haber vuelto a ocupar esa vivienda como habitual. Es cierto que la AEAT lo que "controla" es que si en el ejercicio 2012 no hay deducción de vivienda habitual, rechazarla posteriormente, básicamente tendría razón la AEAT, pero si comprueba alguno de los anteriores y tenía deducción por vivienda habitual, y luego se dejó de tener, y fue por el motivo indicado la vivienda no perdía la condición de vivienda habitual, y hubiera tenido que aceptarla pero dejó de serlo en el momento en que tuvo la opción de volverla a ocuparla y no lo hizo.

Salvo mejor opinión.

Buenas...en 2016 he regresado a Sevilla y he ocupado mi vivienda. Actualmente resido en ella.

Como posibles alegaciones, podrías aportar lo siguiente:

a) Renta de antes del ejercicio 2012 en la que te estés deduciendo esa vivienda como habitual

b) Justificante de dejar de ocuparla por traslado con vivienda incluida a tu nuevo destino

c) Justificante de empadronamiento actual en Sevilla, y que has vuelto a ser trasladado a la misma.

Y manifestar como te he comentado que según la Ley de Renta, esa vivienda no perdió el carácter de habitual, ya que la dejaste de ocupar cuando te marchaste, sin perjuicio que hayas obtenido rendimientos cuando no ha estado ocupada por alquiler, etc, pero si después de volver la has vuelto a ocupar, tendrás derecho a la deducción por el capital e intereses abonados hasta un máximo de 9040 Euros por ejercicio. Ataca por aquí, a ver que te dicen. Aqui tienes una consulta vinculante que podría serte de gran utilidad en tus alegaciones: Saludos.

https://www.iberley.es/resoluciones/resolucion-vinculante-dgt-v1435-17-06-06-2017-deduccion-vivienda-habitual-cambio-domicilio-motivos-laborales-1471249

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas