Lo suyo es un poco complicado, usted no paga la comunidad correctamente desde el 2015, por lo cual usted es morosa y no tiene derecho a voto, usted debería haber impugnado en su día. Tenía un año para ello
Yo no se si es correcto lo que usted abona eso si le digo que usted tiene que contribuir a esos gastos con un coeficiente de 2,40 % art.9.1.E que se dejen de monsergas que lo que le han contado es mentira
e) Contribuir, con arreglo a la cuota de participación fijada en el título o a lo especialmente establecido, a los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización
Usted debe mandar escrito al administrador indicándole la dirección de correspondencia
Art. 9.1.H.
h) Comunicar a quien ejerza las funciones de Secretario de la comunidad, por cualquier medio que permita tener constancia de su recepción, el domicilio en España a efectos de citaciones y notificaciones de toda índole relacionadas con la comunidad. En defecto de esta comunicación se tendrá por domicilio para citaciones y notificaciones el piso o local perteneciente a la comunidad, surtiendo plenos efectos jurídicos las entregadas al ocupante del mismo.
Usted debe esperar hasta la nueva junta anual donde se presentan los presupuestos y estos estarán divididos en varias columnas, habrá una que será para los gastos de administración seguro y no contribuirá a los gastos que indica la escritura de obra nueva.
Ahí como le están cobrando de más, ya se lo digo, porque 90€ para un local con 2,40 es una barbaridad, usted deberá votar que no y luego impugnar, la impugnación a priori hay que soltar dinero, pero luego se recupera al ganar el caso