Plaza pública de residencia y patrimonio

Mi abuela está en una residencia publica de la comunidad de Madrid. Ella paga el 85% de su pension, tiene una casa en propiedad en la que mi madre es heredera universal. Cuando fallezca la comunidad de Madrid, ¿puede exigir el pago de lo que ha generado cobrandoselo de la casa que va a heredar mi madre?

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Respuesta

No veo motivo alguno para esa reclamación.

Es que me han comentado que genera deuda que se pueden cobrar del patrimonio, depende de las comunidades

Habría que leer el contrato de su madre con esa residencia.

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