Piso titular instituto Nacional de la vivienda

Mi abuela vivía en un piso en el que consta como titular, según nota simple, el instituto Nacional de la vivienda. Mi tía y su marido, que no tienen hijos, han vivido siempre con ella. Al fallecer mi abuela, ¿puede mi tía registrar el piso a su nombre sin ningún conocimiento de los demás herederos?

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Entiendo que han vivido de alquiler, que el propietario es el INV, que ahora lo será seguramente la Comunidad Autónoma, y si la comunidad autónoma se lo vende en escritura publica a tu tía, con esa escritura pública lo podrá inscribir en el Registro de la Propiedad a su nombre

Mientras que no lo adquiera el piso por compraventa o por donación de su actual propietario, no se lo podrá registrar a su nombre

Agradezco su respuesta. Si mi abuela es la adjudicataria de la vivienda ¿Puede uno de los convivientes escriturarla a su nombre por el hecho de haber vivido siempre allí? ¿Sería necesaria la participación del resto de herederos? Gracias de nuevo

¿Tu abuela ha vivido siempre en calidad de propietaria o de inquilina?

De adjudicataria de compra venta

Si tu abuela es plena propietaria del piso (es decir, que no era la mitad de tu abuelo, que no era el 100% del INV), si lo vende en vida transmite su propiedad

Y si fallece, habrá que ver si hay testamento, quienes son sus herederos, y a quien deja en concreto ese piso

Y lo podría hacer si en el testamento le ha dejado el legado del piso a tu tía

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