Exceso de Cabida vivienda antigua
Estamos contemplando comprar una casa de pueblo antigua de particular a particular, que tanto en la escritura y nota simple pone que tiene 66 m2. Visualmente tiene muchos más... En el catastro pone que tiene 143m2. Creo que el vendedor tiene que hace un exceso de cabida ¿verdad? ¿Cuándo prescribe esas medidas incorrectas?. Las fechas que sale en el catastro es: Construcción 1900. Reforma 1970. ¿Se puede firmar el exceso de cabida y la compraventa a la mima vez?. ¿Cuánto gasto puede suponer?.
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Respuesta de Prof. Francisco Poveda