Exceso de Cabida vivienda antigua

Estamos contemplando comprar una casa de pueblo antigua de particular a particular, que tanto en la escritura y nota simple pone que tiene 66 m2. Visualmente tiene muchos más... En el catastro pone que tiene 143m2. Creo que el vendedor tiene que hace un exceso de cabida ¿verdad? ¿Cuándo prescribe esas medidas incorrectas?. Las fechas que sale en el catastro es: Construcción 1900. Reforma 1970. ¿Se puede firmar el exceso de cabida y la compraventa a la mima vez?. ¿Cuánto gasto puede suponer?.

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El vendedor tiene que regularizarlo antes de que tu compres. El procedimiento es que tiene que contratar un arquitecto para que haga nuevos planos. Con ellos se pide el “documento supletorio” que ha de redactar y registrar un notario. A continuación tiene que pedirse la rectificación del catastro. No muevas un dedo hasta que no se haya hecho todo esto.

Buenas tardes, muchas gracias por su información. Pero si hiciera la compra por el miedo de perder la operación, ¿supone algún riesgo? Ya que es una vivienda antigua y llevará así muchos años...

Tu verás si corres o no el riesgo. Yo no lo correría. La operación de compra-venta que te proponen está llena de lagunas. No tengas prisa. Recuerda que "Es muy fácil comprar, muy difícil vender". Seguro que el vendedor tiene más interés que tu en cerrar el negocio. No tengas prisa. ¿Has oido hablar de lo que hacen los jugadores de poker?

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