Quisiera saber si yo una persona particular, puedo comprar un local comercial sin tener ni pensamientos de tener un negocio

Yo quisiera saber si puedo comprar un local comercial con idea de después poder hacer una vivienda . O necesariamente tengo que hacer alguna actividad por ser un inmueble comercial. Y si yo pago el 21 de iva hacienda me puede reclamar algo

1 respuesta

Respuesta
2

Usted puede comprar como particular el local comercial. Ahora bien, el IVA no sera deducible por no tener usted la calificación de empresario. Por otro lado, perderá para siempre la posible deducción si luego cambia de idea, porque no dio derecho a la deducción en su compra. Ademas deberá averiguar si realmente el plan urbanístico o el ayuntamiento no le impiden su uso para su transformación en vivienda.

¿Y si yo decidiera alquilarlo como lo debería hacer?

Muy importante, su cuestión. Si usted alquila un local comercial se convierte en empresario, por lo tanto lo ideal es que sea empresario ANTES de realizar la compra del local, de esta forma el IVA será totalmente deducible. No es preciso que lo alquile de forma inmediata, si realmente hay una intención de alquiler, por ejemplo, porque lo pone en alquiler en una inmobiliaria, realiza publicidad en periódicos, internet, etc. El IVA al ser deducible podría solicitar la devolución a la finalización del ejercicio. También podría el transmitente renunciar a la exención del Art. 20. Uno. 22, si se trata de un local "de segunda mano", y al tributar por IVA, nuevamente sería deducible, en este caso por inversión del sujeto pasivo de conformidad con el Art. 84.Dos e) de la Ley del IVA.

Es decir, tendría un ahorro fiscal del 21% del IVA, sin perjuicio que es posible esté afecto según su comunidad al IAJD incrementado del 1.5% o 2%. Pero el ahorro es muy significativo.

Si necesita ayuda profesional contacte con [email protected] sin compromiso por su parte.

¡Gracias!  al final he decidido no comprar  

-estoy contemplando la opción de compra con inversión del sujeto pasivo. En este caso he visto en distintos foros que puedo deducir todo el IVA en la primera declaración trimestral que haga (autorepercutirlo y soportarlo). ¿es correcto?

Por otra parte se recomienda ser empresario según la ley del IVA, para lo cual ¿debería solicitarlo con el modelo 036 o 037?. ¿Y debería hacerlo antes de escriturar para que fuera ya empresario a efectos del IVA una vez que el bien sea mio?

Si y si a las dos preguntas.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas