Tubería de desagüe comunitario , cambio y sustitución.

El tema es el siguiente:

Por mi garaje pasa una tubería que recoge las aguas residuales de tres casas adosadas, dicha tubería da problemas por déficits de pendiente y paso del tiempo.

Cuando se han producido los problemas las consecuencia y daños han sido en mi casa.

He informado y da ya sabe la comunidad del problema, para que se reparen, sustituyan i lo que sea.

Pero la comunidad prioriza otros temas como arreglar la piscina y demás.

Mi intención es que si en un plazo razonable no efectúan la reparación, hacerla por mi cuenta pero impedir el paso del resto a la tubería nueva.

¿Sería correcto?

¿O cómo sería lo mejor para que se tomen como prioridad el tema?

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3

En absoluto. No sería correcto. Además sería ilegal y podría usted tener problemas. Serios problemas.

Por supuesto que, si esa tubería debe ser reparada o sustituida, tiene usted derecho a exigirlo a la Comunidad. Y, si no le hacen caso, podrá usted incluso demandarlos. Pero necesitará pruebas de que esa obra es realmente necesaria. Por tanto, lo primero que necesita es un informe de un técnico cualificado (*), que determine y justifique esa necesidad. Con ese informe tendrá argumentos para obligar a la Comunidad a actuar (o pruebas de cara a una posible reclamación judicial).

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(*) De un perito independiente, que no tenga interés en el asunto. Si se lo solicita a una empresa que realiza obras de este tipo, como es lógico, podrían pronunciarse por el propio interés.

Muchas gracias!

Dispongo del parte de los dos peritos que intervinieron en dos actuaciones en menos de dos semanas, en que indican que es debido a deficiencias de la instalación.

Es suficiente ese informe?!

Podría ser suficiente, en efecto.

Pero si llega a tener que demandar a la Comunidad, tendrá que ponerse en manos de un abogado. Por tanto, será él quien le asesore y le indique lo que necesita y los pasos a seguir.

Le deseo que no tenga que llegar a eso y que lo pueda solucionar de forma satisfactoria.

Respuesta

El articulo 10 de la ley de propiedad horizontal indica lo siguiente:

Artículo diez. 1. Tendrán carácter obligatorio y no requerirán de acuerdo previo de la Junta de propietarios, impliquen o no modificación del título constitutivo o de los estatutos, y vengan impuestas por las Administraciones Públicas o solicitadas a instancia de los propietarios, las siguientes actuaciones:

a) Los trabajos y las obras que resulten necesarias para el adecuado mantenimiento y cumplimiento del deber de conservación del inmueble y de sus servicios e instalaciones comunes, incluyendo en todo caso, las necesarias para satisfacer los requisitos básicos de seguridad, habitabilidad y accesibilidad universal, así como las condiciones de ornato y cualesquiera otras derivadas de la imposición, por parte de la Administración, del deber legal de conservación.

Fíjese que la ley dice "adecuado mantenimiento", hasta el momento como usted indica la comunidad ha procedido a la reparación de la canalización, por tanto en principio la comunidad ha cumplido con sus deberes...

Si efectivamente, los atascos se producen por una pendiente inadecuada de la canalización, esto debe indicarlo un técnico independiente en un informe pericial (como acertadamente ya le han indicado), de esta forma los trabajos necesarios para modificar la pendiente de la canalización dejan de ser una mejora pasando a ser un trabajo de mantenimiento más complicado ( si es posible, que igual no hay diferencia de cota suficiente para modificar la pendiente y hay que ir a otra solución)

Un pequeño detalle...

La comunidad no ha realizado ninguna reparación, solo se ha procedido a los dos desatascos continuos que se han producido y que los peritos del seguro , ambos, han coincidido en que es debido a la mala pendiente y la antigüedad.

La comunidad es consciente de ello y la presidenta lo entiende.

Yo también leo ese texto y entiendo que no siquiera debe someterlo a votación en la Junta ya que como en dicho artículo de índica es una situación digamos que prioritaria.

Mantener es conservar lo existente en estado de uso, si con un desatasco fue suficiente para mantenerlo en uso, la comunidad cumplió.

Por eso le decimos que debe conseguir un informe de un perito que indique a la comunidad que la canalización tiene una pendiente inadecuada.

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