Se puede suspender una junta de propietarios dos horas antes

¿Se puede suspender una junta dos horas antes? ¿Y en el mismo momento en que nos encontramos en el punto de la reunión? En caso de que no pueda asistir la presidenta, ¿se puede celebrar igualmente? Habrá que nombrar un sustituto de la presidenta, ¿quién lo decide?

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¿Se puede suspender una junta dos horas antes?

Sí. Aunque debería haber un motivo justificado para ello.

¿Y en el mismo momento en que nos encontramos en el punto de la reunión?

Sí. Aunque debería haber un motivo justificado para ello.

En caso de que no pueda asistir la presidenta, ¿se puede celebrar igualmente?

Sí.

Habrá que nombrar un sustituto de la presidenta, ¿quién lo decide?

Hay que nombrar a un presidente para la reunión entre los asistentes. Lo deciden los asistentes, por mayoría simple.

¡Gracias! 

Añado que, si hay vicepresidente (aunque no es algo muy habitual) y asiste a la reunión, será éste quien sustituya al presidente, sin necesidad de aprobación.

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Contesto a sus preguntas:

1. Dependerá de quien convocó esa junta y quien acuerda la suspensión.

2. Tendrá que someterlo a votación de los presentes.

3. Le dejo este enlace: Ley de Propiedad Horizontal: Validez de una Junta no convocada por el Presidente

La convocó el presidente

En tal caso deberá ser él quien la suspenda, por un motivo justificado.

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