Permiso para comunidad vecina para andamio sobre patio nuestro.

Querría contar con su opinión sobre dos temas que conciernen a nuestra comunidad de vecinos, les explico:

Somos una propiedad de vecinos de 9 propietarios. Nuestros vecinos del portal pareado quieren hacer obras en su fachada, para lo cual tienen que poner un andamio sobre un patio/terraza de nuestra comunidad (usado por el vecino del primero). Llevan 2 semanas intentando ponerse en contacto con el presidente de nuestra comunidad para que hagamos una reunión y les demos permiso para su instalación, con la mala suerte que éste está ausente por enfermedad grave de su mujer y no hay manera de ponerse en contacto con el.

Como el tiempo les apremia, el gestor de la comunidad vecina nos ha colocado un acta de reunión en nuestro portal para la próxima semana con el fin de obtener dicho permiso.

Mis preguntas son:

-Se puede hacer la reunión, ¿aun convocada por una comunidad vecina sin la presencia de nuestro presidente? ¿Las decisiones que se tomen son validas?

-Por otro lado y refiriéndonos al permiso para el andamio, Su ubicación seria en una terraza de propiedad de la comunidad pero uso privado de uno de nuestros vecinos. ¿Se necesitaría aprobación de la mayoría? ¿Es importante la opinión del vecino que la usa?

- Por ultimo, ¿tenemos derecho a alguna compensación económica por los perjuicios que tal andamio pueda provocar? Ademas de que, imagino, que ante algún futuro desperfecto, ¿deberían ser ellos los responsables verdad?

Espero que me haya podido explicar con claridad y les agradezco muchísimo de antemano las posibles respuestas que me puedan dar.

2 respuestas

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Si no lo he entendido mal, el administrador de una Comunidad contigua pero distinta, convoca Junta de la Comunidad de vds.

Esa convocatoria es nula.

Por otra parte el Presidente de la Comunidad de vds no puede autorizar esa instalación de andamio sin que haya sido primero autorizada por el propietario que ostenta el uso privativo y se verá temporalmente privado de él, y posteriormente por acuerdo de la propia Comunidad en junta convocada al efecto.

Previamente la Comunidad que precisa esa instalación debería manifestar la duración, contenido y alcance de esa ocupación temporal de la terraza.

Muchas gracias Pedro.

Una ultima aclaración, ya que, en principio, no nos oponemos a la reforma, simplemente que, como nuestro presidente esta ausente, no se ha podido convocar reunión.

En caso de realizar una votación en esta reunión convocada por la comunidad vecina, el resultado positivo o negativo de dicha votación, carecería de validez al no haber sido convocada por nosotros? que cantidad de votos hace falta para ser aprobada?

En el caso de que sea valida, y demos nuestra autorización, tenemos derecho a alguna compensación económica?

Y por ultimo, aun con el riesgo de abusar de su saber, a futuro, dado que el presidente de nuestra comunidad se va a ausentar un tiempo y ya ha pasado un año, podríamos nombrar unnuevo presidente aunque el no pueda convocar la reunión ni presentarse?

Muchísimas gracias de verdad por su respuesta y su tiempo.

Al ser nula esa convocatoria no se podría adoptar acuerdos válidos.

Por supuesto su Comunidad puede pedir una compensación por ese utilización de espacios comunes.

Deberían buscar una solución urgente al problema de estar sin reoresnetación, Presidente, por parte de esa Comunidad.

En este enlace tiene información abundante:

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Esa junta no es legal, por lo cual lo que se decida no vale para nada

Yo escribiría una nota inducando que se aconseja no acudir a la junta indicada, ya que no ha sido convocada por el presidente

Se necesita unanimidad

Si ustedes consienten, claro que pueden exigir una compensación

Le agradezco muchísimo su contestación Emilio.

En caso de hacer la junta, ya que es un tema que antes o después deberemos tratar, se puede llegar a acuerdos aunque no este el presidente? con mayoría simple?

En cuanto a la compensación económica, hay algo estipulado ó es un acuerdo puntual?

Muchas gracias de nuevo por su rápida respuesta.

Un saludo.

Ya le hemos dicho que esa junta seria ilegal,

Eso de que es un tema que tarde o temprano habrá que tratar, no estoy de acuerdo con usted, si el presidente no lo cree oportuno, no se tratara el tema a no ser que un propietario de su finca lo solicite, y ya le indique que se necesita unanimidad

Referente a la compensación no hay nada estipulado, pueden pedir el oro y el moro.

Un consejo lleven mucho cuidado se van a esa junta ilegal, ya que pueden tener muchos problemas

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