Dar de baja al suministro de luz para los inquilinos
Tengo alquilado un piso en el cual mis inquilinos no pagan la luz ni el alquiler, en el contrato de alquiler hay una clausula donde viene que serán por cuenta de la arrendataria el importe de los consumos que tengan contador individual ( luz, teléfono...), obligándose a cambiar la titularidad de los suministros y a su domiciliación bancaria en una cuenta de su titularidad. Pues bien aparte de que viene en el contrato, también se le ha notificado verbalmente y no lo han hecho. La titular del contrato del suministro de luz soy yo (la casera), lo único que cambio el inquilino fue la cuenta bancaria y devuelve los recibos. La deuda me la reclaman a mi, por este motivo quiero darme de baja en el suministro de la luz, mi pregunta es si ellos no han hecho el cambio de titular y yo le doy de baja a la luz ¿podría tener yo algún problema? ¿Me pueden denunciar los inquilinos por dar de baja la luz? Anularía yo la habitabilidad de la vivienda con lo que el inquilino puede denunciarme y sacarme hasta perjuicios de los cuales luego le pagare lo que le deba, o si me denuncian no va más allá porque están obligados a cambiar el titular de la luz y no lo han hecho.