El podrá instar todo lo crea conveniente en su derecho, otra cosa muy diferente es que prospere. El en su demanda intentará hacer valer ese archivo, como que se argumentó con el fin que usted indica, pero se refiere usted a un eventual juicio de medidas, no de causa penal. El juaz no entrará a valorar la penalidad de una presunta denuncia falsa, en un procedimiento civil, y en todo caso para el fin que pretendería, vuelve a ser criterio del Juez el atender esta presunta prueba. Vuelvo a decirle que por causa penal, no tiene nada de que preocuparse. En cuanto a la posibilidad de recuperar la parte de custodia que le correspondería, puesto que en la actualidad se están solicitando muchas revisiones para ejercer la custodia compartida, si tengo que decirle que la ausencia de condena en una denuncia esgrimida para solicitar el veto de esta custodia, le beneficia en muchísimo para recuperar la custodia que le corresponda. La suspensión de custodia que da a entender usted, es una medida cautelar, en tanto se comprueba la veracidad de los hechos denunciados. La falta de prueba, y el simple testimonio de la menor y suyo, no lo es, es motivo de que se le restablezcan los derechos al custodio. Si hubo denuncia de Malos tratos, y no existen partes médicos que acrediten las existencia de agresiones físicas, o el dictamen de un Psicólogo forense que acredite secuelas psíquicas derivado de ese presunto maltrato mencionado por la menor, el Custodio, que desconozco el parentesco con la menor, tiene derecho a recuperar la custodia. Como ya le comentado, no causa efectos la presentación de denuncia, si la certificación de hechos probados.