¿Puedo vender un inmueble recibir el importe y escriturar en dos años.

Tengo una oferta para vender un inmueble con un contrato privado recibir la cantidad acordada al instante a condición de retrasar la escritura al menos dos años ¿Es legal y si lo, es que problemas puede conllevar.

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Mejor espera a que conteste un abogado, pero pienso que, de haber algún problema, se lo veo más bien a la parte compradora. Yo, como comprador, no entregaría ese dinero si no era en el momento de escriturar ante notario.

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La parte compradora tiene el riesgo de que si usted tiene un grave percance que le impida formalizar la escritura de compra, se verá en problemas para recuperar su dinero o el inmueble.

Usted tiene el problema de que si no declara la venta la agencia tributaria le puede imputar el dinero percibido como renta de ese año.

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