Allanamiento del banco por tema gastos hipotecarios

Me habían informado que el banco se había allanado parcialmente a lo que solicitaba en mi demanda con respecto a los gastos hipotecarios, tenía y todo fecha de audiencia previa. Pero de repente me han realizado el ingreso. No lo entiendo, ahora que pasa con la fecha de la audiencia previa, ¿por qué se habían allanado parcialmente y yo pensaba que tenía que ser allanamiento total? ¿Las costas para quien son?

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El pleito sigue para que el Juez resuelva respecto lo que la parte demandada no se ha allanado

Es decir, si tu pides en tu demanda 100, y el banco se allana a 60, el pleito seguirá para que el juez resuelva sobre esos 40 que han quedado fuera del allanamiento

Sigue la audiencia previa, sigue la proposición de prueba, y tendrá que dictar sentencia el Juez y condenar en costas

En la demanda ponía que me pagaban los 1.035 euros de todos los gastos hipotecarios que pague en su momento, pero que no les cabe la imposición de costas a ellos, por haber contestado.

¿Entonces igualmente sigue adelante la fecha de la audiencia? Muchas gracias por contestar, muy amable.

Como no ha habido allanamiento total, el Juez tiene que resolver acerca de tu demanda. Si a la vez que se allanan, consignan el dinero, puede que se libren de las costas. Pero eso lo decide la Sentencia

Muchas gracias por tu ayuda. 

No quiero ser muy pesada, es que no tengo idea.

Y si me llegó la sentencia en la que se estimaba pero después me llegó una notificación en la que se decía " se nos da traslado de escrito presentado de contrario interponiendo recurso de apelación contra la sentencia dictada en autos" eso que significa, que quiere decir?

DSICULPA LAS MOLESTIAS

Cuando te dictan una Sentencia del Juzgado, y opinas que no es ajustada a Derecho, tienes 10 días de plazo para apelar a la Audiencia. Y te dan traslado para que impugnes el recurso de apelación interpuesto por la otra parte

Con lo cual, el Juzgado dictó Sentencia, la otra parte entendió que no era conforme a Derecho, y han apelado. En 4/5 meses tendrás sentencia de la Audiencia Provincial

¿Entonces el dinero no se va a cobrar hasta que no se resuelva el recurso de apelación? Porque tenia que cobrar los 600 euros por el tema de los gastos.

Presenta escrito al juzgado para que se te haga entrega de la cantidad consignada por la parte demandada

La justicia civil es rogada. Si no lo pides el Juzgado no lo hace

Respuesta
1

El allanamiento parcial implica que la demandada accede a lo que solicitas con tu demanda, pero no en su totalidad. Como consecuencia el juez dictará auto dando por finalizado esta parte del proceso, y el resto deberá seguir por el cauce normal (audiencia previa, juicio -puede no haberlo- y sentencia respecto a aquello de lo que queda por discutir).

-Respecto a las costas (art 394 y 395 LEC) existe una disparidad de doctrinas, algunas estiman que al escindirse el procedimiento en dos el allanamiento parcial implica condena en costas en el primer pronunciamiento respecto al allanamiento y otra condena del procedimiento que prosigue al allanamiento. Otra corriente entiende que será en la sentencia donde se pronuncie su Sría. Respecto a las costas de todo el procedimiento.

No obstante comentas que como han contestado no cabe condena en costas. Esto no es cierto, al menos del todo. Efectivamente si la demandada se allana antes del momento de contestación a la demanda no procede la condena en costas SIEMPRE Y CUANDO no exista requerimiento extrajudicial. Si existe requerimiento extrajudicial (carta o similar) y este no fue atendido, viéndose la parte obligada a volver a pedir ante un Juzgado, determina el art. 395 LEC párrafo 2 que hay siempre mala fe, y que por tanto hay siempre condena en costas. Por tanto: si hay carta hay costas.

Comentas que ya hay una sentencia, no me queda claro si del procedimiento total o solo respecto al allanamiento (me extraña que no sea un auto).

-Otra cosa: ¿El allanamiento total es respecto a que admiten una cláusula abusiva pero no otra, o que la restitución deba ser en un porcentaje distinto (por ejemplo notaría al 50%)?

Es que no tengo mucha idea, pero si era un auto no la sentencia firme.

Es respecto a la clausula abusiva, lo que no admiten es que se les condene en costas.

Entiendo que en la demanda se pidió lo siguiente: 1. que se declaren abusivas las cláusulas X, 2. Que se restituya lo pagado indebidamente y 3. que se condene en costas.

Entiendo que lo que ha pasado es que se han allanado a lo 1º y lo 2º pero que entienden que al allanarse ANTES de la contestación no proceden costas.

¿Me equivoco?

La cosa es: que si me iban a pagar porque se habían allanado a las pretensiones y ahora han presentado el recurso de apelación, ¿me van a pagar o no?

Sí, te van a pagar respecto a lo que se han allanado.

No te van a pagar respecto a lo que no se han allanado (que, intuyo, serán las costas judiciales)

Exactamente es eso, vale muchísimas gracias por su ayuda de verdad, me quedo más tranquila.

El compañero Huecha lo ha explicado francamente bien en su comentario. :D

Ultima pregunta que se me ha quedado en el tintero, los 600 euros me los van a dar si , pero cuanto tiempo tiene el banco para hacerlo? Hasta que no se resuelva el recurso no proceden a mi pago? 

Si en la sentencia se acuerda la condena a restituir las cantidades, se puede pedir la ejecución provisional de la misma. Es decir que aunque recurra, se puede pedir que cumpla con la sentencia recurrida, sin perjuicio de que en la sentencia de apelación se dicte lo contrario, que le devuelva usted el dinero -muy poco probable en tema de cláusulas abusivas-.

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