Puedo vender a un tercero mi parte de casas

Mi madre falleció hace 7 años, se pagaron las plusvalías carrespondientes a cada comunidad y municipio(2 en castilla la mancha y 1 en torrevieja) somos 4 hermanas y mi padre y tenemos que hacer el cuaderno particional o escritura aceptación herencia.

¿Podría hacerse individual cada una por su cuenta o hay que ir todos juntos padre y hermanos?

¿Alguna podría después cuando se haya hecho la escritura vendeselo todo a un tercero?

¿En el caso de que si se pudiese vender a un tercero que consecuencias se le quedarían al resto?

También tengo otra duda, mi padre se caso de nuevo hace 2 meses y ahora quiere darnos como donación las 2 casas que tenemos en castilla la mancha y quiere quedarse el con la de torrevieja(vamos que lo da por hecho y encima se pone a reformar cuando le hemos dicho que si hay que vender que)y dice que después se escritura a su nombre.

¿Se puede hacer eso de donar las casas el a nosotras y nosotras a el.?

¿Si la casa de torrevieja esta ya a su nombre y de mi difunta madre, hay que volver a escriturar?

¿Es mejor que primero hagamos las escrituras de aceptación de herencia ya que se caso de segundas?

¿Si la casa de torrevieja se queda como esta, al casarse y vivir allí los 2 que pasa cuando mi padre fallezca?

Por cierto se ha casado en separación de bienes, eso nos dice luego a saber...

¿Se le puede obligar estando las 4 hermanas de acuerdo a vender las 3 casas y en la que reside?

¿Si las hermanas queremos vender todas las casas que podemos hacer para que nos de la parte de mi madre?

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Intento contestar por orden a sus preguntas:

1. La aceptación y adjudicación de herencia ha de realizarse por todos los herederos, no cabe hacer aceptaciones individuales.

2. La respuesta es afirmativa, pero deberá respetar el derecho de los copartícipes.

3. Que serían copartícipes con el comprador.

4. Si son de su propiedad, sí, tendrá un costo fiscal importante.

5. La escritura de adjudicación de la parte correspondiente a su difunta madre servirá para ello.

6. No es que sea mejor, es lo que hay que hacer.

7. Tendrán que hacer la adjudicación de ambas partes.

8. No. En todo caso se puede acudir al juez para extinguir el condominio.

9. Lo dicho anteriormente.

¡Gracias! 

Que es eso de extinguir el condominio?

Eso de que seríamos coparticipantes con el comprador a que se refiere?

En cuanto a la donación de casas creo me dijeron en Castilla la Mancha se está exento de pagar.

Y las casas son del matrimonio,sería donar mi padre su parte a nosotras 4 hijas,no si si antes se tendría que hacer la escritura de la parte de mi madre,y después al hacer la donación el organismo correspondiente las pondría a nombre de las 4 hermanas?

Extinguir un condominio es repartir, por acuerdo entre los condueños o judicialmente, lo que se posee entre varias personas.

Si uno de los condueños vende su parte, antes de extinguir el condominio, quedará en la situación de quien vendió.

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