Como norma general, los cuerpos de seguridad del estado pueden cachear a un menor, teniendo en cuenta el sexo (un hombre no cachea a una mujer), salvo urgencia, y teniendo especial respeto en el caso de la identidad sexual transgénero o similares. De forma similar a lo que se hace con un adulto.
"El cacheo de los menores detenidos se realizará con respeto absoluto a sus derechos fundamentales y siempre como medida de seguridad para el propio menor y los actuantes, retirándoles cualquier objeto que pudiera hacer peligrar su integridad física, su seguridad o la de los que le custodian"
Otra cuestión es que deban comunicar ciertas actuaciones a los padres o tutores al ser menores. Incluso hay unidades policiales especializadas en menores en muchos cuerpos de seguridad.