¿Puede el ayuntamiento realizar una baja de empadronamiento de oficio sin avisar a la persona afectada?
Cuando he ido a solicitar un certificado de empadronamiento de los dos últimos años para tramitar expediente matrimonial, me he encontrado que me habían dado de baja de oficio del piso de alquiler en el que estuve viviendo. Cuando me cambié no me empadroné en el nuevo domicilio, lo fui dejando y así he llegado a esta situación en la que llevo un año y pico sin estar empadronada en ningún sitio y yo sin saberlo. Lo he descubierto casualmente al necesitar el certificado de empadronamiento de los dos últimos años para el expediente matrimonial. Yo pensaba que mientras que no te empadronadas en un nuevo lugar seguías empadronado en el anterior o al menos no sin avisarte.
¿Es legal que el ayuntamiento te desempadrone sin avisarte, puede hacerlo o debería haberme avisado para que yo pudiera legalizar mi situación?
Me gustaría que me aconsejarais sobre los pasos a seguir y cómo puedo resolver este problema.
En el registro civil me piden dicho certificado y en el ayuntamiento solo me dan el certificado con la fecha de baja de septiembre del 2018 y me dicen que el motivo de la baja es que el propietario del piso solicitó mi baja porque yo ya no vivía allí y mi contrato había terminado. Es cierto pero yo pienso que deberían haberme avisado. Pero llegados a este punto, ¿cómo puedo resolverlo ya que ahora mismo me encuentro sin empadronar en ningún sitio?