¿Me pueden pagar parte del salario en días libres?

Me gustaría saber si mi situación laboral en cuanto a mi nómina se ajusta a la legalidad:

En mi contrato pone que mi horario laboral es de 9.00h a 15.00h sin ninguna otra especificación. En total son 6 horas que, en el convenio por el que se rige mi empresa, sería el 80% de la jornada laboral. Sin embargo, me pagan el 75% de lo que marca el convenio para esa categoría y el resto de horas que no son remuneradas me dicen que me coja en días libres. La realidad, además, es que el propio volumen de trabajo no permite que en los últimos años me pueda estar cogiendo esos días con lo cual lo estoy perdiendo. Desde la asesoría de la empresa me dicen que esto puede ser así pero otros expertos me comentan que o se me ajusta la jornada diaria al porcentaje real que cobro o se me ajusta la nómina a la jornada real que hago, lo que no pueden es "pagarme" parte de lo que marca el contrato en días libres. Destacar de nuevo que en mi contrato jamás se hace referencia a porcentajes de jornada, ni a que mi horario sea de 9.00h a 15.00h hasta una fecha concreta del año y a partir de ahí no trabajo... Quiero decir, pone únicamente el horario diario.

¿Puedo exigir que se me pague de acuerdo al porcentaje real? ¿Tienen derecho a seguir diciendo que me coja días libres como parte de pago?

1 Respuesta

Respuesta

Muy interesante. Entiendo que no, que deberían modificar tu coeficiente de tiempo parcial y empezar a pagarte bien.

Aun así, la jornada laboral se computa anualmente. Quiere decir que si el convenio dice 1750 horas anuales, deberían hacer el 75% de estas y a correr, una vez hechas... Libre hasta 31 de diciembre. Quizá para esto si que deberían de establecerse una distribución irregular de jornada y hacerse bien.

Con todo, tampoco me parece mal la posición de la empresa. En la practica estas haciendo horas extra cada semana y quiere compensartelas con libre, perfectamente legal.

Si eres un trabajador más, pilla libre cuando te vaya bien y que se apañen los dueños, no regales más tu tiempo.

Cualquier cosa mas contactame por aquí: https://recursohumano.webnode.es/ 

¡Muchas gracias Manolo!

Si, efectivamente el cómputo es anual y en mi caso por contrato con 6 horas diarias hago el 80% de lo que marca el convenio pero me pagan el 75%. Pero claro con el 75% no abarco con el trabajo que hay teniendo en cuenta que no lo hago con el 80%... así que esos días de compensación acaban por no existir... Sin contar con que prefiero cotizar en la seguridad social por el porcentaje real.. En fin, mi planteamiento está hecho y es que prefiero que me paguen lo que trabajo pero bueno, no sé qué harán porque me imagino que si no quieren no hay nada que hacer.

Un saludo y de nuevo gracias por tu respuesta!

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