Pago transferencia alquiler de habitación

Estoy alquilando una habitación en un piso compartido desde hace ya 6 meses. Al principio la casera nos facilitó un número de cuenta para poder pagarla por transferencia. Pero ahora dice que tenemos que pagarla en efectivo. Yo trabajo hasta muy tarde, tengo poco tiempo, viajo, y no tengo disponibilidad para quedar con ella para pagarla en efectivo, además de ser una mujer muy pesada, y no quiero porque tener que verla. ¿Estoy en mi derecho de poder pagarla por transferencia, verdad?. Ruego me aclaren esta duda.

2 respuestas

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Si se puede, lo unico es que no debes olvidar que tu casero tiene que darte el recibo correspondiente ya que esa es la única manera legal de demostrar que se ha realizado el pago

https://www.lainformacion.com/economia-negocios-y-finanzas/como-pagar-renta-alquiler-casero/6524327/

Al firmar un contrato de arrendamiento las partes son libres de establecer las condiciones que consideren. El importe se fijará previo acuerdo entre arrendatario y propietario, así como el método y el momento de pago. Sin embargo, si no se especifica nada en el acuerdo, las partes deberán obedecer a la Ley de Arrendamientos Urbanos. En concreto, la normativa especifica que “el pago se efectuará en metálico y en la vivienda arrendada”.

Exigir siempre recibo

Sea cual sea el método de pago, el arrendador siempre está obligado a entregar un recibo del pago al arrendatario, a excepción que se utilicen un método que acredite el efectivo cumplimiento de la obligación de pago.

El recibo o documento acreditativo que lo sustituya deberá contener separadamente las cantidades abonadas por los distintos conceptos de los que se componga la totalidad del pago y, específicamente, la renta en vigor. Si el arrendador no hace entrega del recibo, serán de su cuenta todos los gastos que se originen al arrendatario para dejar constancia del pago.

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5 formas de pagar el alquiler al propietario

1. Pagar el alquiler en efectivo

Podemos pagar el alquiler en metálico: bastará con que fijemos una cita mensual con nuestro casero y le demos la renta en mano. Probablemente sea la solución más accesible, ya que no requiere tener relación con ningún banco. En contra de este método tendríamos que señalar el tiempo que requiere citarse con el casero cada mes y el peligro de transportar grandes cantidades de dinero encima.

Pero, cuidado, porque si nuestro arrendador en lugar de un particular es un banco o una empresa y nuestro alquiler supera los 2.500 euros por cuota (algo poco habitual), no podremos pagar en metálico. ¿La razón? Otra ley, concretamente la Ley 7/2012 que prohíbe efectuar pagos de más de 2.500 euros en metálico cuando alguna de las partes es un profesional.

En cualquier caso, es preciso pedirle al arrendador un recibo del pago. La ley obliga a nuestro casero a entregarnos uno, salvo si abonamos el alquiler por un medio que de por sí ya lo acredite.

2. Transferencia bancaria ordinaria

Si así lo hemos pactado con nuestro casero, podemos satisfacer nuestra deuda mensual ordenando una transferencia. La principal ventaja de este método es la comodidad, ya que hoy en día realizar una transferencia apenas lleva unos minutos y podemos emitirla desde donde queramos y cuando queramos a través de Internet o de la app de nuestro móvil. Además, a diferencia del pago en efectivo, no necesitaremos reclamar a nuestro casero ningún recibo, ya que la propia transferencia deja un rastro que sirve como justificante.

Adicionalmente, quizá nos guste saber que desde este año algunos bancos nos permiten hacer transferencias inmediatas que llegan a su destino en un máximo de 10 segundos, por lo que con este método ya no tenemos que preocuparnos de los plazos y podemos enviar el dinero apurando hasta el último día de pago.

Los únicos contras que podríamos señalar de este sistema son el hecho de que cada mes tendremos que acordarnos de ordenar la transferencia y que, si no la realizamos desde una cuenta sin comisiones, tendremos que pagar por ella, por lo que en la práctica nuestro alquiler mensual aumentará de precio. Afortunadamente, existen multitud de cuentas sin comisiones por transferencias desde las que podremos pagar a nuestro casero cada mes sin gastar más dinero de la cuenta, explican desde el comparador HelpMyCash.

3. Transferencia periódica

En el punto anterior hemos dicho que una de las desventajas, por así decirlo, de las transferencias es que cada mes tenemos que acordarnos de hacerla. Pues tenemos la solución: ordenar una transferencia periódica desde nuestro banco, de manera que la entidad guarde los datos del receptor y de la operación (número de cuenta del casero e importe de la transferencia) y el envío de dinero se efectúe de forma automática el mismo día de cada mes. Nuestra única preocupación será estar seguros de que en la fecha en cuestión tenemos dinero en nuestra cuenta. Estas transferencias se pueden programar fácilmente desde la banca a distancia de la entidad.

Generalmente, los bancos que dejan realizar transferencias ordinarias gratis también permiten efectuar este tipo de pagos automáticos sin costes añadidos.

4. Domiciliación bancaria

Si lo nuestro es desentendernos del pago y la transferencia periódica no nos convence, podemos solicitar a nuestro casero que adeude un recibo en nuestra cuenta mensualmente, como si fuese el de la luz o el del gas. La ventaja de este sistema es que cada mes, en una fecha concreta, el banco cobrará el recibo y se nos descontará de nuestro saldo, sin preocuparnos por realizar ningún trámite.

5. Para los más ‘hípsters’: pago online

Las nuevas tecnologías también han llegado al sector del alquiler y ahora han aparecido algunas plataformas que se encargan de mediar entre el casero y el inquilino para que el pago del alquiler se efectúe virtualmente. La start-up Dreyhub, con base en Madrid y Londres, es un ejemplo. Esta plataforma nos permite abonar el pago mensual del alquiler por Internet mediante tarjeta de crédito o de débito si así lo hemos pactado con el casero. Cada mes, la plataforma nos envía un correo electrónico con un link para efectuar el pago que, además, se puede compartir con un familiar o amigo para que sea este quien pague ese mes si todavía no hemos cobrado la nómina o vamos más apurados.

Links de interes

https://www.fotocasa.es/blog/alquiler/formas-pagar-alquiler-propietario/

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