¿Si se vende una vivienda hipotecada, tiene el deudor la obligación de cancelar lo primero la deuda con el banco?
En caso de que el hipotecado venda la cosa causante de la deuda y obtenga dinero suficiente para cubrirla, ¿tiene la obligación de ir al banco y cancelar la deuda inmediatamente o puede seguir pagando las cuotas mes tras mes como venia haciendo y usar el dinero obtenido de la venta para otras inversiones mientras?
3 respuestas
Respuesta de Pedro abogado
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Respuesta de Poli Plos
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Respuesta
Correcto. Pero no lo que plantea en la pregunta, que es seguir siendo el titular del crédito hipotecario, habiendo transmitido la vivienda. - Poli Plos
Hola, el concepto de la pregunta ya me lo habéis contestado y lo agradezco. Aunque mi intención es venderlo sin cargas ahora sé que si quiero disponer del dinero de la financiación es posible que se pueda vender con cargas siempre que la parte compradora tenga algún interés en que las tenga. Gracias. - Roberto S.