Una derrama por impago de cuota de algunos vecinos, ¿Cuándo se recupere puede ser repartida entre los vecinos pagadores...?
He comprado un apartamento que corresponde a una urbanización de 40 viviendas, de las cuales 10 pertenecían al constructor y hubo una derrama de varios años para sufragar las cuotas de las viviendas sin vender. Ahora que han sido vendidas y abonado el dinero por parte del constructor (SIN la derrama), la comunidad quiere repartirse el dinero entre los vecinos que contribuyeron en ese pago..
DUDAS
¿Se puede considerar derrama atendiendo a la descripción en esta página como tal? Y si es así, ¿No debería haber recaído también sobre los pisos morosos aumentando su deuda?
La deuda que ha contraído la comunidad con los 30 propietarios durante años, no debería venir reflejada como TAL en las cuentas y no solo la deuda de los morosos, ¿dentro de las ACTAS DE REUNIÓN?
Aunque se constata que las 30 viviendas iniciales han aportado con la derrama en más contribución que las 10 vendidas 8 años más tarde, ¿el administrador ha actuado correctamente?