Consulta derrama extraordinaria

Me dirijo a ustedes para hacerles una pregunta referente a una comunidad de propietarios en la que vive un familiar:
¿Cómo consecuencia de la inspección técnica de edificios el Ayuntamiento de Madrid ordenó realizar una serie de obras y para poder hacer frente a esos pagos se acordó en una Junta de Propietarios pagar unas derramas extraordinarias durante más de un año que ascendían a 375? Por propietario.
El último pago del calendario de pagos establecido tuvo lugar en Agosto de 2010.
¿Este viernes hemos recibido una convocatoria a una Junta Extraordinaria en la que se propone realizar una nueva derrama extraordinaria de 250? Por propietario durante 5 meses.
Actualmente hay dos propietarios que tienen una deuda de la derrama extraordinaria aprobada hace más de un año, uno de ellos de más de tres mil euros y el otro de más de dos mil euros y según se refleja en la convocatoria están pagando una menor cuantía todos los meses de la que pagaron el resto de vecinos, y terminaran de pagar uno en el 2013 y otro en el 2012 y sin ningún tipo de interés.
Quiero resaltar que esto no ha sido informado en ninguna reunión anterior y no ha sido aprobado por el resto de propietarios. Es decir que se ha hecho a espaldas de la comunidad.
Como consecuencia de no tener el dinero necesario en los fondos de la Comunidad, ya que estos dos propietarios no han cumplido lo aprobado en la Junta correspondiente. ¿La "solución" que se propone es ampliar la derrama como ya le decía 5 meses a 250?. De 10 vecinos han pagado 8 y 2 no han pagado lo establecido.
Además casualmente la cifra está calculada en base al siguiente razonamiento; ¿Faltan por pagar 10.000? De la obra, y como se parte de la premisa de que dos propietarios no van a pagar según el calendario propuesto, se ha hecho lo siguiente:
250 X 5 meses = 1.250 ? X 8 propietarios = 10.000 ?.
¿Aunque en la propuesta aparece reflejado el pago de los 10 propietarios a 250?, se ve la intención de que sean 8 propietarios los que asuman la deuda generada por otros 2.
Mi pregunta es la siguiente: Esto se va a someter a votación y es una Comunidad en la que hay mucho trapicheo y como la otra solución es denunciar a quien ha pagado lo establecido con el riesgo de que a esos dos propietarios les embarguen la vivienda. En caso de que hubiera mayoría a la hora de aprobar esa derrama extraordinaria, ¿mi familiar estaría obligado a pagar esos 250? ¿Durante 5 meses?.
Me gustaría por favor que me informe de que derechos nos amparan según las leyes y según la Ley de la Propiedad Horizontal.

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El asunto que me comentas de una especie de arreglo para el pago de las cuotas de la comunidad, es válido, siempre y cuando en junta se apruebe, ahora bien, te comento que la única cosa que se podría hacer con respecto a los 2 que no pagan es llevarlos a los juzgados, y si una vez allí estos no se niegan a pagar pero dicen que no pueden más que en la forma que lo están haciendo ahora, el juzgado les dará la razón y estaréis en las mismas, pero con los gastos de haberlos llevado al juzgado, por lo tanto según mi experiencia es mejor dejar como hasta ahora el pago de las cuotas de estos dos propietarios y ten en cuenta que una vez que ellos acaben la deuda el importe tiene que estar en la cuenta de la comunidad, por lo que dicho dinero no se pierde.
En el caso de que se apruebe en junta el pago de esta derrama no os queda más que pagar sino seréis vosotros los que aparezcáis como morosos. Lo único que os quedaría es acudir a los juzgados e impugnar el acta de la junta, ¿pero sobre que base vais a impugnar?
También tenéis la opción de decir que aceptáis la derrama pero que vais a pagar en la misma forma que los morosos es decir, una cuota de... hasta que se finalice la deuda, y ante esto no os podrán hacer nada.

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