IVA Productos Sanitarios.
El IVA aplicable a los productos sanitarios se modificó en la Ley 28/2014 de 28 de noviembre de 2014, entrando en vigor el 1 de enero de 2015.
"Consecuencia de la Sentencia del TJUE de 17 de enero de 2013, en el asunto C-360/11, los equipos médicos, aparatos, productos sanitarios y demás instrumental, de uso médico y hospitalario pasan a tributar, con carácter general, del 10% al 21%, manteniéndose exclusivamente la tributación al tipo reducido del 10% para aquellos productos que, por sus características objetivas, estén diseñados para aliviar o tratar deficiencias, para uso personal y exclusivo de personas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales.
El listado de productos a los que resulta aplicable el tipo reducido del 10%, entre los que se encuentran las gafas y lentes de contacto graduadas, órtesis, prótesis y ortoprótesis (salvo para personas con discapacidad que tributan al 4%), sillas, muletas y dispositivos para tratamientos de diálisis y respiratorios, se incorpora a un nuevo apartado octavo del anexo de la Ley.
Pasan a tributar del 4% al 21% las sustancias medicinales y los principios activos de los medicamentos para uso humano, así como los productos intermedios para la fabricación de dichos medicamentos. Asimismo, incrementan su tributación del 10% al 21% las sustancias medicinales y los principios activos utilizados en la elaboración de medicamentos de uso veterinario, así como los equipos médicos, aparatos y demás instrumental usado con fines veterinarios.
Mantienen la tributación al 10%:
- Los medicamentos de uso animal,
- los productos farmacéuticos susceptibles de uso directo por el consumidor final (gasas, vendas y análogos), (aquí entrarían mascarillas quirúrgica de papel, los guantes de látex, gasas)
- compresas, tampones, protegeslips, preservativos y otros anticonceptivos no medicinales.
Mantienen la tributación al 4%:
- Los medicamentos de uso humano, las fórmulas galénicas, magistrales y preparados oficinales, (aquí entrarían los medicamento homeopático y los jarabes)
- los vehículos para personas con movilidad reducida,
- las prótesis, órtesis e implantes internos para personas con discapacidad.
Espero que la respuesta te haya servido de ayuda.@