Heredar de una tía un piso que está escriturado a su nombre y al de mi padre fallecido

Mi padre murió hace 2 años y medio, somos cuatro hermanos, hicimos todos los trámites(pago de plusvalías de las casas, impuesto de sucesiones), de momento mi madre es la usufructuaria y nosotros somos nudo-propietarios, pero existe otra vivienda que es propiedad de mi padre y de su hermana, mi tía, herencia de mis abuelos, de la que no hicimos nada, y que no figura en el testamento de mi padre.

Mi tía es muy mayor y no tardará en fallecer, no tiene testamento, no quiere hacerlo y no la vamos a obligar, somos sus únicos herederos, los cuatro hermanos, ¿qué ocurrirá cuando ella fallezca? ¿Cómo queda la situación de ese piso?

3 respuestas

Respuesta

Lo primero recomendarles se pongan en manos de un abogado que les estudie y ayude con su caso concreto.

Si hay un bien, que no ha sido incluido en la herencia de su padre, deben hacer una ampliación de la misma, adjudicando el 50% de la propiedad a los herederos. El resto seguirá siendo de su tía hasta que esta haya fallecido.

Respuesta

Una vez hecha añadida esa propiedad a lo heredado e inscrita en el Registro de la Propiedad pueden vender su 50% o los derechos hereditarios, incluido de la nuda, en https://proindivisoherencia.com vera los pasos.

Respuesta

Ese piso en este momento ¿a nombre de quien aparece en el Registro de la propiedad? Si continúa a nombre de sus abuelos, deberían regularizar su situación, mientras más tarden, más complicado será.

Si es copropiedad de su tía y su difunto padre deberían hacer una adición a la herencia de su padre por ese 50%, para heredar el otro 50% deberán hacer declaración de herederos si su tía no hace testamento.

Gracias por contestarme. Tenemos que hacer esos dos pasos efectivamente. Pero quisiera saber si los herederos de ese 50% del piso somos solo los 4 hermanos, o también sigue siendo usufructuaria mi madre, al ser una herencia no formaría parte de los bienes gananciales, ¿o sÍ?

Su madre es usufructuaria porque así lo decidieron al adjudicar la herencia, al añadir esta propiedad, que además es bien hereditario, como acertadamente señala, entiendo que su madre no tendrá el usufructo.

Muchisimas gracias por su atención y amabilidad.

La casa es copropiedad de mi padre fallecido y mi tía. Supongo que lo mejor será arreglar cuanto antes  los temas  añadiéndola a la herencia de mi padre, ¿qué coste pueden tener esas gestiones  teniendo en cuenta que mi padre murió en enero de 2018? ¿Hay que pagar la plusvalía de ese 50 %, como hicimos con las otras viviendas?

Gracias de nuevo y un cordial saludo

Tendrán que pagar el impuesto de sucesiones, con recargo, y el IIVTU (plusvalía municipal).

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