Negocio con patio comunitario en vivienda turística
Soy el presidente de una comunidad de vecinos de Málaga. Un vecino del bajo dispone del uso y disfrute de un patio de propiedad comunitaria, pero de uso y disfrute privado. Hace poco ha habilitado ese bajo como piso turístico, y los turistas disfrutan del patio sentándose alguna que otra vez (sin generar graves molestias), pero el dueño acaba de poner una piscina inflable en el patio, y se está originando así mucho ruido. Un vecino me ha dicho que el dueño del bajo puede hacer uso y disfrutar del patio, pero no puede hacer negocio a costa de molestar a los vecinos con un patio que es propiedad de la comunidad. Antes de convocar una reunión de vecinos me gustaría estar informado sobre esta cuestión: ¿Puede el vecino incluir una piscina en el patio comunitario de su uso y disfrute privados para el negocio de piso turístico?