IBI casa vendida en abril
En teoría corresponde pagar al que era propietario a primero de enero, pero he leído que el Tribunal Supremo establece que el venderdor tiene derecho a repercutir al comprador la parte proporcional al tiempo que cada una de las partes haya disfrutado de la casa durante el año de devengo del impuesto, sin necesidad de pacto en contrario, según la interpretación que hace del artículo 63.2 de la ley reguladora de Haciendas.
Necesito consejo porque de momento se niegan.
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Respuesta de Abogados Edo
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Respuesta de Prof. Francisco Poveda