Como tributa mi indemnización por despido colectivo

Recientemente nos han comunicado que mi empresa cerrara, nos indemnizan con 60 días por año trabajado sin tope, lo cual esta muy bien, mi pregunta es como tributara este dinero ya que unos me dicen que hasta 180000 no tributa y otros que lo que pase de 33/45 si.

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Respuesta

He visto esta pregunta después que la de la tributación de la indemnización. Pues tributa el exceso sobre el 45/33, como rendimiento del trabajo. Es decir, los 86.000€ que indica en su otra pregunta (si lo ha calculado como el exceso de tener indemnización de 60 días por año respecto a la de 45/33). En cuanto a lo que le retienen de esa cantidad, depende del resto de ingresos de haya tenido este año. Aquí http://www.irpf.eu/ puede calcularlo sumando al salario percibido los 86.000€ (si son los que superan lo correspondiente a 45/33). Los 180.000 son otro límite además del de 45/33. Es decir, si la indemnización 45/33 ascendiera a 200.000€, tributarian 20.000€, lo que supera los 180.000€

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