Fin Contrato Alquiler y el inquilino no se quiere ir

Tenemos el piso de mi padre en alquiler y 3 meses antes de que finalice el contrato enviamos a la inquilina un burofax para avisarle de que no lo íbamos a prorrogar y que tuviera tiempo para buscarse otra casa. La inquilina llevará en total 3 años en la vivienda a la fecha de finalización del contrato.

Mi padre tiene 94 años, requiere cuidados y necesitamos la vivienda para ponerla a la venta y así hacer frente a los gastos de su cuidado y sus necesidades diarias.

La inquilina nos escribe y nos dice que no se va a ir en la fecha que finaliza el contrato, que va a seguir pagando y a lo mejor se va en verano. No cita fecha fija.

De buena fe hemos hablado con ella y alega que se ha quedado sin trabajo y que no puede alquilar otro piso. Tiene un hijo que vive con ella y que trabaja y otro que se ha casado y se ha ido. Suponiendo que sea verdad, entiendo que está en precario, pero nosotros avisamos con tiempo de sobra y que se vaya es por necesidad. Tenemos que hacer frente a los gastos de mi padre y necesitamos la vivienda.

¿Qué podemos hacer para que la inquilina se vaya lo antes posible?

El tiempo corre en nuestra contra, y nuestra prioridad es atender las necesidades de mi padre.

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Lo primero recomendarle se ponga en manos de un abogado que le ayude con su caso concreto.

Hay que saber la duración del contrato, si se firmo antes del 06/03/2019 la duración máxima del contrato obligatoria es de tres años, si se firmo posteriormente es de cinco años.

Si el inquilino no abandona la vivienda una vez notificado el fin del contrato a la fecha de finalización, la solución pasa por presentar procedimiento judicial, pero este suele tardar.

Alegar que su madre necesita la vivienda para luego venderla, puede suponer una indemnización al inquilino, si su madre no ocupa realmente la vivienda.

También le recomendamos que su madre de un poder a alguno de ustedes, que permita dar poder a abogados y procuradores, siempre que este en condiciones de físicas y mentales de hacerlo en notaria. Ella como propietaria, un apoderado, es quien podría iniciar cualquier procedimiento judicial.

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