Legitimación para pleitos presidente comunidad sin tener un acuerdo previo de la junta de propietarios

Mi pregunta o duda es la siguiente, un vecino a demandado a la comunidad por anulación de un acuerdo, el administrador y presidente al recibir la demanda han contratado un abogado y han contestado la demanda sin hacer junta ni informar a los vecinos del contenido de la demanda no conste del proceso.

Tengo entendido que antes de contestar la demanda tiene que hacer una junta de propietarios y tener un acuerdo para autorizarle para contratar abogado y contestar la demanda.

Bueno pues el acuerdo no lo tiene.

¿Qué ocurre si no tiene el acuerdo de la junta propietarios?

¿Si no tiene legitimación que ocurre en el juicio?

¿Se celebraría el juicio si se alega falta legitimidad en la audiencia previa y se daría la razón al demandante sin entrar en el fondo del asunto?

¿Si se celebra el juicio y no se da la razón al demandante que ocurre con las costas?

2 Respuestas

Respuesta
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Es un tema controversial, efectivamente haría falta un acuerdo previo para poder contestar a la demanda, aunque habría que ver si ya se considera implícito dentro del contexto del asunto del que se trate. Pero con carácter general, es una excepción procesal que, de apreciarse, invalidaría el procedimiento, quedando a salvo de acciones futuras.

Respuesta
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Recuerde que las juntas de propietarios están prohibidas o muy limitadas

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