¿Cuando se cobra el contrato de arras?

Firme con la inmobiliaria una aceptación de propuesta del comprador de mi piso en la que decía que teníamos un día para firmar el contrato de arras.

Fuimos a firmar pero el comprador por tema covid no acudió, nos dijeron que acudiría al día siguiente, pero no fue así.

En el contrato de arras que esta firmado solo por mi parte (vendedora) se indica que hay un plazo de 5 días para realizar la trasnferencia.

Preguntas:

1) ¿Qué valor tiene un contrato que sólo está firmado por mi parte?

2) ¿Cuándo se habla de 5 días y no se especifica si son hábiles o no como se sabe? ¿Qués es lo que se considera por defecto?

3) Aunque esté firmado si no he cobrado la transferencia, ¿entiendo qué no tiene ningún valor no?

2 respuestas

Respuesta

Técnicamente usted tiene firmado un compromiso para firmar un contrato se arras y no el contrato de arras por si mismo.

Lo siento pero poco tiene que reclamar con eso, como mucho que el hipotético comprador le dijese pues no quiero el inmueble y por eso no firmo.

Respuesta

Lo que describe, perdone, pero me parece poco serio, que usted haya firmado un recibí de una transferencia sin que la misma se haya efectuado. En mi opinión debería comunicar, de modo fehaciente, a esa inmobiliaria que queda sin efecto alguno esa firma.

H

Hola,

Estoy de acuerdo en que es poco serio pero por confiar quizá ahora me veo en un problema.

El tema es que la fecha que tenían de plazo era desde el día 9 de febrero 5 días pero no sé si son hábiles o no

Muchas gracias

Los plazos civiles, como parece ser éste, se cuentan en días naturales, no obstante ¿quién señaló ese plazo?

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