Si no hay estatutos o no se presentaron al registro de la propiedad
Tengo entendido que cuando los estatutos no se inscriben en el Registro de la Propiedad, la obligación de su cumplimiento solo afecta a los propietarios que lo acordasen en su momento si lo hicieron, no a los nuevos propietarios. Lo que quiere decir que si, por ejemplo, un sujeto vende su vivienda a otro, el nuevo dueño no tendrá por qué acogerse a lo que se estableció en ellos. Por lo que mi pregunta es: He comprado un apartamento en un edificio que tiene entrada individual por otra calle diferente a la entrada principal al edificio con la que solo comparto el cuarto del agua y el cuarto de contadores por lo que me puedo negar a pagar unos gastos de comunidad que el antiguo propietario ya estaba en desacuerdo en pagar como el mantenimiento y luz del ascensor, limpieza escalera, mantenimiento escalera (portero electrónico, pintura, etc) que no usare nunca.