Cesión piso por separación a hijos y exconyuge y posterior expolio muebles y otras posesiones

Por auto judicial, el piso a 50% propiedad con mi ex-cónyuge quedó 2 años de disfute para nuestro hijo. No hubo ningún tipo de compensación al ex-cónyuge. Una vez pasado ese tiempo, el domicilio pasa a ser de los 2. ¿Qué ha ocurrido? Mi ex-cónyuge ha adquirido una vivienda y se ha llevado TODO (muebles, decoraciones, bombillas, lámparas, etc) Ha dejado el piso "pelao". Todo un expolio. Todo lo que compramos fue adquirido en el tiempo de convivencia. El piso ahora está vacío del todo.

Si pusiera una denuncia, ¿debería devolverme el valor del 50% del continente? ¿Cómo debería resarcirme?

3 Respuestas

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¿Puede usted acreditar ante el juez la existencia previa de esos muebles y enseres que han sido”expoliados”?

Obviamente no hay recibos de los muebles pero hay fotos de la casa con muebles y fotos ahora con el piso sin muebles, vaciado. De hecho, todos los muebles están en el nuevo piso que ha comprado mi ex cónyuge . El piso compartido lo estamos vendiendo ahora totalmente vacío. Es obvio que ese piso vacíos ko estava pues vivían 1 adulto y 1 niño por 2 años

¿Es suficiente acreditar con fotos el estado antes y después? En la separación, custodia compartida, sin pensión al conyuge, la cesión del piso por 2 años, obviamente tenía muebles y estaba equipado como lo dejé para convivencia de 2 personas y que una vez pasado el periodo estipulado, se ha devuelto sin nada? Es obvio que vivir 2 años no puedes en un piso vacío y es obvio que al entregarlo vacío, a algún lado han ido a parar los muebles. Insisto, tengo fotos de poco antes de vaciarlo y de justo después.

No me gusta nada tener que llevar a juicio a mi ex-cónyuge pero me lo plantearía si existiera seguridad de que debe resarcirme en una cierta cantidad o devolución de muebles al hogar.

Gracias de antemano

Emplea usted dos veces la expresión obviamente, en derecho se puede decir que nada es obvio, todo ha de ser demostrado, sobre todo si la otra parte lo niega, tenga en cuenta que quien niega, no está obligado a probar su negativa. En cuanto al valor de las pruebas que cita, será el juez quien lo decida.

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Habría que ver como le ha dicho el compañero si se puede acreditar lo que usted indica, un saludo www.masqueabogados.com

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Mi consejo es que no lo renuncies aunque se llevara los muebles, porque seguro que te gastaras un dinero.

Aunque sea verdad, que no tengo dudas, otra cosa es denunciar para demostrarlo ante un Juez asi te evitas un mal trago y no gastas una pasta.

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