Duda en un alquiler con opción a compra

Hemos realizado un contrato con opción a compra de una vivienda, por el cual el inquilino/comprador, paga una renta mensual, ha entregado una cantidad en concepto de arras penitenciales, esta obligado a ejercer el derecho a compra antes de 2 años.

El inquilino ha realizado una seria de mejoras y reformas en la vivienda, por los cuales no ha solicitado permiso oficialmente, (el contrato lo expecificia, se debe comunicar y el propietario debe autorizar). Ahora el inquilino solicita que nosotros (propietarios) paguemos parte de estas reformas o reparación de averías, por ejemplo una fuga de agua en los tubos de la piscina. Mi duda es si estamos obligados a ello, porque no se puede considerar un vicio oculto, ya que nosotros no podemos saber que eso existía ya que son tubos que van a dos metros bajo tierra y ahora al abrir se ha descubierto o por ejemplo una grietas en un muro que no afectan a su estabilidad y que eran visibles en todas las visitas que el inquilino realiza a la casa antes de alquilar/comprar, osea no hemos ocultado nada.

Mi duda es si estamos obligados a contribuir con esos gastos, ya que si fuese un contrato de alquiler entiendo que si lo estaríamos, pero con opción a compra lo desconozco. El contrato especifica que nosotros nos hacemos cargo de arreglar todo aquello que afecte a la habitabilidad de la casa, pero entiendo que una piscina no afecta a la habitabilidad.

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Vicio oculto no es pues mientras no compren están en alquiler. Lo que pasa es que, como inquilinos, podrían haberte pedido que te hicieses cargo de estas reparaciones. Pero ahí hay un fallo por parte de ellos: debían habértelo comunicado para que tu, como propietario, te ocupases de las reparaciones, y no te habría quedado más remedio que atender a su petición o autorizarles a hacerlas y aceptar que el monto se rebajase de los alquileres. Mi opinión es que deberías pagar y no andarte con excusas. La casa es tuya, aún.

Pero te voy a contrar una historia que conocí de cerca. Se hizo un contrato de alquiler con opción de compra. Aproximándose el plazo para ejercer su derecho a comprar, los entonces inquilinos requirieron una fuerte rebaja en el precio que se había convenido alegando defectos en la casa. Hubo pleito, y ellos ganaron.

No sé si es mejor un buen arreglo que un mal pleito.

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Lo primero recomendarle se ponga en manos de un abogado que le estudie su caso concreto.

Usted tiene un contrato de alquiler, aunque tenga una opción de compra. Mientras no se ejerza esa opción de compra (venda la vivienda) usted tiene un inquilino y ha de cumplirse lo pactado, en cuanto a obras y en cuanto al pago de las reparaciones, así como lo establecido en la LAU.

La redacción de algunos contratos, hace que sea compleja su interpretación. Pero si usted alquila un inmueble con piscina, las reparaciones que no sean consecuencia del uso normal de la misma, es posible que tenga que pagarlas usted.

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Quizá lo más importante sea conocer cómo se redactó ese contrato, el alquiler con opción de compra es un contrato atípico y complejo, que aconseja sea redactado por un experto en la materia. Como señala el prof. Poveda se encuentra usted ante un problema grave y de difícil pronóstico ante un pleito, si el contrato fue un copia&pega de un modelo, me temo que debe recordar que más vale un mal acuerdo que un buen pleito.

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