-¿Podría utilizar ese hueco que ha quedado sin el consentimiento del vecino?
De forma general, cualquier muro de contención, incluso el hueco que ocupa, es del propietario del terreno contenido. Esta debería estar reflejado en la documentación del juicio.
-¿Cómo podría saber si ese muro está dentro de su escritura y parcela o por el contrario se encuentra construido fuera de su propiedad?
En base a que usted linda con dicha propiedad en el registro de la propiedad (en caso de que esté registrada) puede solicitar una copia o hacer la consulta sobre si se menciona o no al muro de contención. Por regla general, casi siempre o siempre el propietario del muro es el propietario del terreno contenido.
-¿Hay alguna legislación por abandono?
Existen algunas comunidades con legislación e incluso en algunos ayuntamientos, pero estas suelen estar siempre vinculas a un suelo urbano consolidado (el centro de la ciudad con viviendas unas pegadas a otras), el cual no parece tu caso.
El muro, si fue el ayuntamiento quién ejecutó las obras de "mantenimiento" del muro de contención y lo "restauró" es el propio ayuntamiento el que debe ser consultado sobre si es responsabilidad de él (desconozco las causas) mantenerlo.
Por otro lado, la vivienda puede quedar en estado de abandono sin que ello implique en un principio ningún tipo de actuación (puesto que aparentemente no se trata de un suelo urbano consolidado y aunque así fuese depende del ayuntamiento y de la comunidad autónoma).
Por otro lado, si el abandono implica el crecimiento de maleza, es posible que exista algún tipo de legislación frente a la prevención de incendios que deba cumplir algún organismo, en general el ayuntamiento.
-¿Se le podría obligar a restaurarlo?
Indicas en el comentario que el ayuntamiento "hecho una especie de hormigón con unos hierros que sobresalen" este es un tipo de muro válido para la contención de tierras, por lo que puede entenderse como restaurado siempre y cuando no presente riesgos por desprendimiento. Por otro lado, entiendo que usted no considera que ese muro restaurado harmonice con el entorno al no estar realizado con los mismos materiales que en su parte a seguir. Este es un tema poco definido y difícil de justificar y sería difícil a priori de justificar en un juicio. Esto ya lo consultaría con un abogado especializado en temas de urbanismo.
Ahora bien, usted en su terreno puede plantar masa arbórea de gran altura y poco ancho, o pedir permiso para hacer un cierre de parcela paralelo al muro existente para taparlo hasta la altura máxima que le permitan desde el ayuntamiento (como máximo suelen permitir dos metros, con una parte opaca y otra traslúcida o vegetal) y así reducir su impacto visual desde su propiedad.