Tiempo obligatorio en contrato de alquiler

Contrato de alquiler de vivienda donde me dicen que por ley tiene que ser de 5 años. ¿Ello me obliga a tener que permanecer los 5 años? Y si decido marcharme a los 7 meses por ejemplo, ¿cómo lo hago? ¿Tengo qué abonar el resto del tiempo que falta de contrato?

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Respuesta

Le explico lo que dice la ley. Ante todo se puede pactar la duración que se tenga por conveniente, pero, sea cual sea la duración pactada, el inquilino tiene derecho a permanecer cinco años en la vivienda y a desistir, marcharse, cumplidos los seis meses.

Es posible que el arrendador exija una duración de cinco años, con cláusula penal, de modo que si usted decide marcharse antes, deberá pagar un mes de alquiler por cada año que deje sin cumplir.

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